Sociedades Profesionales

 

La Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales regula la práctica del ejercicio profesional a través de una sociedad y obliga a los colegiados que ejercen una actividad en común a constituirse como sociedades profesionales y a los colegios profesionales a constituir sus propios Registros.

De igual manera es obligatoria para las sociedades existentes con antelación a la entrada en vigor de la Ley que tengan en su objeto social el ejercicio de una actividad profesional, y habrán de adaptarse a la Ley en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la misma, es decir, antes del 16 de junio de 2008 (en el caso de los economistas, se entenderá como actividades profesionales propias, las recogidas en el Decreto 871/77, de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Profesional de los Economistas).

La sociedad profesional habrá de formalizarse en escritura pública y, además de las menciones y requisitos propios de la forma social adquirida, expresará la condición o no de socios profesionales de los otorgantes, el Colegio al que pertenecen y su número de colegiado, así como su habilitación para el ejercicio de la profesión, actividad o actividades profesionales que constituyan su objeto social, y la identificación de las personas que se encargan de la administración y representación. Todos estos aspectos serán objeto de inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio de Economistas de Pontevedra.

CENSO

Puede consultar el censo de sociedades profesionales inscritas en el Registro de Colegio de Economistas de Pontevedra:

ESTATUTO PROFESIONAL

 

NORMATIVA

Norma de Régimen Interior

El Registro se regula a través de una Norma de Régimen Interior, aprobada por la Junta de Gobierno y la solicitud de inscripción en el mismo es obligatoria de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 2/2007, además, deberán inscribirse en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio cualquier cambio de socios y administradores y cualquier modificación del contrato social.

 

Inscripción

Para la inscripción es imprescindible el envío de las escrituras de constitución junto con las modificaciones posteriores y la tarjeta del CIF.

Formulario de inscripción (descargar en sección documentos)

Tasas del Registro de Sociedades Profesionales del Colegio de Economistas de Pontevedra:

  • Tasa de inscripción:

Importe: cuota de 60 euros

  • Tasa de mantenimiento:

Importe: cuota de 30 euros/año.

Devengo: anual (a partir del año siguiente al de la inscripción)

 

Ley 2/2007
Sociedades Profesionales
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Reglamento Colegio
de Pontevedra
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Ficha de
Inscripción SLP
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